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Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria: |
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a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; |
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b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal; |
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c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes; |
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d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones; |
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e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas; |
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La Institución no cuenta con contratos colectivos. |
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f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción; |
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La Fiscalía no aplica formularios o formatos para que los usuarios accedan a sus servicios. |
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g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos; |
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h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal; |
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i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones; |
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En cumplimiento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, se está publicando en el portal www.compraspublicas.gov.ec, Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano, las convocatorias y demás información pertinente a los procedimientos de contratación de obra, prestación de servicios, adquisición de bienes, consultoría y arrendamiento mercantil. Los procesos para la contratación, de igual forma, se realizan en dicho portal. Compras públicas se encuentra permanentemente abierto a cualquier consulta. Toda la información sobre las contrataciones realizadas por la Fiscalía General del Estado (documentos y pliegos) se encuentran a disposición de la ciudadanía, a través de ese medio. |
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j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución; |
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No existen empresas que hayan incumplido contratos con la Institución. |
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k) Planes y programas de la institución en ejecución; |
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l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés; |
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La Fiscalía no ha celebrado contratos de crédito externo ni interno. |
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m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño; |
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n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; |
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o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley; |
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DIRECCIÓN. |
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| Azuay: Bolivar: Cañar: Carchi: |
07-284-4282 03-298-0619 07-224-0895 06-298-2839 |
Cotopaxi: Chimborazo: El Oro: Esmeraldas: |
03-280-0708 03-296-4133 07-293-6295 06-272-6886 |
Galápagos: Guayas: Imbabura: Loja: |
05-252-0195 04-232-1220 06-260-4932 07-257-7066 |
Los Ríos: Manabí: Morona S.: Napo: |
05-273-1392 05-263-5459 07-270-0975 06-288-6650 |
Orellana: Pastaza: Pichincha: Santa Elena: |
06-283-1983 03-288-3767 02-290-5053 04-278-5071 |
Santo Domingo: Sucumbios: Tungurahua: Zamora Chinchipe: |
02-276-0338 06-283-1983 03-282-6945 07-260-5115 |
Fiscalía General | Av. Eloy Alfaro 32-250 y República Quito - Ecuador | Telf: ( 593 2 ) 255 9958/59
